Soy Sabbi | Inmobiliaria en Villavicencio

    Consigna tu inmueble con Sabbi

    Fecha de Diligenciado

    Ciudad

    Nombre y Apellido

    Número de Identificación

    Correo Electrónico

    Número

    Tipo de Interés

    Tipo de Inmueble

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    Descripción del inmueble

    Ubicación Inmueble

    Nombre del Barrio/vereda /condominio y/o Conjunto

    Dirección

    Estrato

    Ubicación

    Remodelado

    Año de Construcción

    Áreas

    Área construida (Mts²)

    Área lote (Mts²)

    Parqueadero

    Deposito

    Ambientes

    # Baños

    # Habitaciones

    Closeth

    Cocina

    Complementos Instalaciones

    Mas características (tipos de pisos, ubicación al sol etc)

    Áreas comunes

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    Transacción

    Valor venta

    Valor administración

    Valor Arriendo

    Arrendar con opción de venta

    Estado

    Gravamenes


    En ocasiones un inmueble puede tener varias matrículas inmobiliarias con su propio certificado de libertad y tradición, y su propio avalúo catastral. Por ejemplo, una matrícula para parqueadero o depósito. (Esta información la puedes encontraren las escrituras de cuando adquirió el inmueble).

    Matricula inmobiliaria No.1

    Cedula catastral No.1

    Matricula inmobiliaria No.2

    Cedula catastral No.1

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    ACUERDO DE CONSIGNACIÓN Y PROMOCIÓN DE INMUEBLE

    Entre el propietario y la empresa Sabbi se establece el siguiente acuerdo de consignación y promoción de un inmueble:
    Promoción del inmueble:

    SABBI anunciará y promocionará el inmueble en las oportunidades y medios que estime convenientes para atraer posibles compradores o arrendatarios.

    Condiciones de consignación:

    SABBI tiene la autorización para ofrecer el inmueble tanto en venta como en arriendo. Cualquier modificación a las condiciones iniciales de consignación deberá contar con la autorización previa de EL PROPIETARIO.

    Tarifas:

    En caso de que SABBI logre concretar un negocio de venta o alquiler con un interesado a quien haya presentado el inmueble, EL PROPIETARIO pagará una comisión a SABBI. La comisión será del 3% del valor real de la venta para inmuebles urbanos y del 5% para predios rurales. Para el caso de alquiler, la comisión será equivalente al primer mes de canon.

    Forma de pago:

    Las comisiones de venta se pagarán de la siguiente forma: i) Un abono del 50% al momento de firmar el contrato de compraventa. ii) El saldo del 50% restante en el momento de la escrituración. En caso de alquiler, la comisión se pagará en su totalidad al momento de firmar el contrato de arrendamiento.

    Mora en el pago:

    En caso de mora en el pago de las comisiones, EL PROPIETARIO se compromete a pagar los intereses de mora, a la tasa máxima permitida por la ley. Se autoriza al comprador o arrendatario a girar el valor de la comisión a SABBI en caso de que EL PROPIETARIO no realice el pago correspondiente.

    Gastos adicionales:

    EL PROPIETARIO acepta que el valor de la comisión no incluye honorarios por estudio de títulos ni gastos adicionales relacionados con la consecución de documentos, trámites en oficinas gubernamentales y/o privadas, pago de servicios públicos o cuotas de administración, etc. Dichos gastos adicionales son responsabilidad exclusiva de EL PROPIETARIO, quien debe suministrar la documentación completa y actualizada del inmueble para fines de arrendamiento o venta.


    Este acuerdo entra en vigor a partir de la fecha de firma por ambas partes y tendrá una duración de [especificar el tiempo de duración, por ejemplo, 6 meses]. Ambas partes acuerdan cumplir con lo establecido en este acuerdo y actuar de buena fe para promover la venta o arriendo del inmueble.


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